En la sentencia sobre la violación de una joven realizada por un grupo de hombres (autodenominados “La Manada”), se pueden diferenciar claramente dos lógicas distintas: el relato de la agresión hacia la víctima y la negación total de esos hechos, buscando la absolución. Aunque la segunda parte es únicamente un voto particular, supera en amplitud a la parte condenatoria. Pese a esto, no resulta convincente en absoluto.
En el grueso de este texto me voy a centrar en la sentencia, pero no me gustaría dejar de lado la persecución judicial y mediática a la que se ha expuesto a la víctima. El colmo de todo esto fue la contratación de detectives privados para que se inmiscuyeran en su vida, agudizando su trastorno postraumático (como reconoce la propia sentencia) de manera intolerable. Por otro lado, esta persecución no es precisamente algo inusual en este tipo de casos.
La descripción de los hechos de la primera parte no deja duda alguna de que no hay ningún tipo de carácter activo en la víctima. Cinco hombres mucho más robustos que ella la rodearon, la apremiaron a entrar al portal y la empezaron a desnudar, utilizándola “como un mero objeto” (utilizando las propias palabras de la sentencia). La agresividad de los acusados se refleja en su forma de atraparla para introducirla en el portal, tirando entre dos de ellos de sus manos bruscamente.
Durante los actos, los acusados grabaron una serie de vídeos, por supuesto sin ningún tipo de consentimiento por parte de la víctima. En estos vídeos se puede apreciar a la víctima sometida a la sumisión, mientras algunos de los agresores “incluso posan en actitud jactanciosa”. Tampoco se puede dejar de lado que los vídeos únicamente muestran una visión sesgada, ya que los agresores elegían cuando empezar y dejar de grabar. Por ejemplo, la grabación es cortada abruptamente cuando la víctima emite “tres gemidos agudos que reflejan dolor”.
Tras la violación, la víctima fue abandonada por sus violadores en el portal, ninguno se preocupó por ella lo más mínimo. No solo esto, sino que además le sustrajeron el móvil, con el claro objetivo de dejarla incomunicada e indefensa. Los violadores crearon de esta forma una “atmósfera coactiva”, dejando a la joven sin forma de contactar con “la única persona que tenía” en la ciudad y con un grado de aturdimiento tal que ni se percató del robo.
Pese a que no deja de apreciarse una actitud condenatoria en esta primera parte, no puedo ignorar ciertos detalles que reflejan la predisposición de los jueces para no condenar a los miembros de “La Manada” por violación. El fragmento que encuentro más revelador es en el que afirman que “la denunciante entró en el recinto de modo súbito y repentino, sin violencia”. Al leer que, tras la cruda descripción de los hechos realizada por los propios jueces, insistían en que esta acción se produjo “sin violencia”, se podía hasta cierto punto prever que la conclusión sería que lo ocurrido era un “abuso” y no una “violación”, aunque esta conclusión vaya contra toda lógica.
El problema de fondo no es el código penal, ya que en la propia sentencia reconocen que la jurisprudencia reciente recoge que se puede considerar que hay violencia en un abuso sexual “al empleo de cualquier medio físico para doblegar a la víctima”, siempre que se le impida a esta “desenvolverse según su libre determinación”. Teniendo en cuenta todo lo anterior, el que su resolución no haya sido una condena por violación, me hace pensar que si no hubieran existido los vídeos, habría sido improbable que el tribunal hubiera condenado a los acusados.
Todo esto lleva a la conclusión de que el problema real es que los tribunales actuales no están preparados para juzgar casos de violación con intimidación y violencia, pero sin heridas visibles. Este hecho supone que el poder judicial tiene un problema grave en cuanto a la violencia contra las mujeres, lo que ayuda a que se siga manteniendo la actual cultura de la violación, representada especialmente por el voto particular.
El larguísimo y repulsivo voto particular busca la absolución total de los acusados mediante la negación de la lógica de los hechos descrita en la primera parte. Este texto muestra un total desconocimiento por parte de Ricardo Javier González de la situación actual de violencia cotidiana hacia las mujeres y supone una eterna serie de hipótesis sin fundamento que resulta en una argumentación completamente inconsistente.
Esta cuestión puede interpretarse como simplemente una mala sentencia, pero en realidad ha expuesto que el hecho de que la judicatura española cada vez está menos preparada para afrontar una realidad social que la ha desbordado por completo en su avance. Debido a ello, las asociaciones de jueces y magistrados han cerrado filas, diciendo ver “desproporcionada la respuesta social contra la sentencia de La Manada”.
No me gustaría dejar de recordar que esto no es un caso aislado en absoluto, es un ejemplo más mediático que la media de indefensión de la mujer ante casos de violación o de violencia patriarcal. No obstante, el que haya sido un caso tan mediático supone que un considerable número de personas haya empezado a descubrir el funcionamiento de los tribunales en el Reino de España. Esto supone que se vea aún más desbordado el pacto establecido entre el poder judicial y el poder ejecutivo de turno.
Como conclusión, podemos asumir que las estructuras del Estado como un todo defienden la cultura de la violación: desde una judicatura incapaz de reconocer una violación hasta unos medios de comunicación que se han dedicado a tratar de humanizar a los violadores y culpabilizar a la víctima, hasta finalmente mostrar sus datos personales.
Escrito Por Miguel Ángel Tomás. El autor de la foto es Xabier Lerxundi.