Sin duda, vivimos tiempos convulsos en nuestra joven democracia, siendo ejemplo de ello, las declaraciones que hace unos días Pablo Casado (presidente del Partido Popular) hacía al referirse a la posibilidad de la ilegalización de los partidos independentistas, al entender, que quieren «romper la constitución y la ley».
Pues bien, esta frase, que perfectamente podría haber sido dicha por el comandante Waterford en El Cuento de la Criada, serie en la cual, los «golpistas» del régimen ponen en peligro de forma continua la supervivencia de este a través de diferentes formas, no refleja más que la distopía que «El Cuento de la Criada» intenta plasmar en nuestro presente.
Seguramente todos nosotros hemos sido atacados por las «bombas» del Derecho Penal, a través de la simplificación de complejos tipos penales como el delito de rebelión, sedición o malversación, que nos han traído un panorama político complejo muy parecido al que nos encontramos en El Cuento de la Criada, a saber, sujetos huidos o en prisión provisional y que sin duda ahondan en el debate en que el señor Casado se posiciona claramente a favor y es que, ¿deberían ilegalizarse los partidos independentistas?
¿Se pueden ilegalizar los partidos independentistas?
Antes de analizar el debate, vamos a contextualizarlo, es decir, vamos a conocer cuales son las normas del juego antes de tener una idea apresurada del mismo.
Un partido político es una asociación y como cual, es el instrumento de un Derecho Fundamental, como es el Derecho de Asociación (artículo 22 de la Constitución Española), el cual es desarrollado posteriormente por la Ley Orgánica del Derecho de Asociación (LO 1/2002) la cual, la completa y configura jurídicamente.
Pero, entonces, ¿cuándo debería ser ilegal un partido político?, pues bien, vayamos pues de nuevo a las normas del juego para observar que el Derecho de Asociación expone que las asociaciones serán ilegales cuando «persigan fines o utilicen medios ilegales», es decir, cuando pongan en peligro las reglas del juego.
De ahí que el comandante Casado se adelante y diga que efectivamente estos partidos «persiguen fines ilegales» pero por desgracia para el comandante, nuestro Tribunal Constitucional se adelantó en la STC 48/2003 enmarcando estos partidos dentro de la «norma constitucional».
Causas de ilegalización de los partidos políticos
Alguien podría llegar a pensar que por lo tanto en nuestro sistema, cabe cualquier partido político, pues no, nos pasa exactamente igual que en El Cuento de la Criada, tenemos límites legales, ¿cuáles son?
Tenemos 2 límites fundamentales:
- En primer lugar, la vía penal. Concretamente el artículo 515 del Código Penal, nuestra Ley Divina, donde se expone qué tipo de organizaciones ponen en peligro nuestros valores democráticos, a saber, «que promuevan a cometer delitos, tengan carácter paramilitar o discriminen por razón de raza sexo…».
- En segundo lugar, tenemos la vía específica, mediante la cual se puede disolver o suspender un partido político mediante el poder judicial, según el artículo 10 de la LO 6/2002.
Por lo tanto, ¿hay motivo para la alarma punitivista?, ¿es realmente inseguro nuestro sistema democrático ante estos partidos?
Con su mirada.
Escrito por Isaac Tejada.